Aprueban proyecto de ley sobre mejora salarial a autoridades locales
Los diputados procedió a corregir el limbo jurídico del proyecto 890, objetado parcialmente, creando la herramienta legal de mejora salarial para las autoridades locales, que no implica doble sueldo y funciones en jornadas simultáneas.
El pleno legislativo aprobó hoy, jueves, en tercer debate, el proyecto de ley 890, que modifica artículos de la Ley 37 de 2009, que descentraliza la Administración Pública, y dicta otras disposiciones.
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Previo a la aprobación final del proyecto en tercer debate, los diputados procedió a corregir el limbo jurídico del proyecto 890, objetado parcialmente, creando la herramienta legal de mejora salarial para las autoridades locales, que no implica doble sueldo y funciones en jornadas simultáneas.
El proyecto 890, que modifica artículos de la Ley 37 de 2009, que descentraliza la Administración Pública, permite a los alcaldes, vicealcaldes, representantes de corregimientos y suplentes que laboraban en entidades del Estado, antes de ser electos, puedan contar con la herramienta legal que no desmejore las condiciones laborales y salariales.
En tal sentido, la legislación establece que los alcaldes y vicealcaldes, al igual que los representantes y sus suplentes, que al momento de resultar electos laboren como servidor público, se acogerá a una licencia sin sueldo durante el periodo que ejerzan.
No obstante, si el sueldo que le corresponde es inferior al que percibe en la entidad estatal, por su condición de servidor público, podrá optar en acogerse a una licencia con sueldo, para lo cual debe renunciar, previamente, al salario que corresponde al cargo de elección.
La normativa deja claro que estas autoridades locales no podrán percibir dos o más salarios pagados por el Estado ni ejercer funciones en jornadas simultáneas de trabajo, salvo las excepciones establecidas en la Constitución Política de la República y desarrolladas en la administración vigente, ni ejercer funciones distintas a su cargo en jornadas simultáneas de trabajo.
Esta legislación subraya que las referidas autoridades de elección popular gozarán de licencia tal como lo establece el Código de Trabajo.
Los cambios sugeridos por el Ejecutivo se aplicaron con la finalidad de evitar conflictos de carácter constitucional del doble salario y de jornadas laborales simultáneas.
Con esta norma, se validan derechos adquiridos por las administraciones de los Gobiernos Locales. En el caso, a los alcaldes, vicealcaldes, representantes de corregimiento y suplentes electos.