Deliverys deben rotular motos con su placa
La Autoridad del Tránsito y Transporte Terrestre (ATTT), se reúnió con representantes de las empresas que ofrecen el servicio de transporte comercial motorizado "deliverys" para recordarles que deberán mantener la identificación de su placa única de circulación en la parte trasera de la caja, bolsa o contenedor utilizado.
La medida la establece el Decreto Ejecutivo No. 19 del de octubre de 2022, el cual establece que las motocicletas que se utilicen para el transporte de carga, documentos, enseres, alimentos o bienes de consumo de cualquier índole, deberán mantener la identificación citada.
Gonzalo González, asesor de la Dirección General de la ATTT, dio a conocer que se les otorgó a las empresas una prórroga de 90 días -a partir de la fecha- para que los motociclistas cumplan con los requerimientos establecidos.
Según el funcionario, en la reunión se enfatizó el tipo de letra, el color, el fondo, el material reflectivo y el tamaño para rotular la placa única de circulación en la caja, la cual debe estar ubicada en la parte trasera de la motocicleta.
González indicó que los conductores que incumplan con los requerimientos establecidos serán sancionados con multa de $20.
Cuando por la naturaleza del servicio, no se requiera de una caja, bolsa o contenedor, se obliga a los motorizados vestir un chaleco que, en su parte posterior, deberá identificar la placa única de circulación.