El 2 de enero no habrá elección en la Corte
El artículo 74 del Código Judicial establece esas limitaciones al momento de la elección de la nueva directiva de la Corte Suprema
La elección del nuevo presidente de la Corte Suprema de Justicia no sería posible el 2 de enero si no están presentes los nuevos magistrados designados por el Ejecutivo para reemplazar a Jerónimo Mejía y Oydén Ortega.
El artículo 74 del Código Judicial establece esas limitaciones al momento de la elección de la nueva directiva de la Corte Suprema.
La elección debe ser en el salón del pleno de la Corte y el día de enero en que tomen posesión en la Presidencia de la República los nuevos magistrados, pero no se establece un día específico.
Al no darse la elección, el actual presidente de la Corte, José Ayú Prado, deberá permanecer al frente del Órgano Judicial.