Nacional - 28/5/20 - 12:00 AM

Extienden periodo para el pago del ISR

 

Por: Redacción / Crítica Impreso -

El Decreto de Ejecutivo No.298 extiende el plazo de presentación de la Declaración Jurada de Rentas del período fiscal 2019 hasta el 17 de julio

El Gobierno , concede un plazo de 120 días calendarios contados a partir de la fecha de promulgación de la Ley 134 de 20 de marzo de 2020 para el pago de tributos que se causen o deban pagarse durante dicho período y que sean competencia de la Dirección General de Ingresos (DGI) del Ministerio de Economía y Finanzas (MEF), sin que ello conlleve la generación y pago de intereses, recargos y multas.

El término inicial para cumplir con la presentación de la Declaración Jurada de Rentas de personas jurídicas correspondiente al período 2019 venció el pasado 31 de marzo y se le añadió una prórroga tanto para personas naturales como jurídicas hasta el 30 mayo, pero dadas las circunstancias de la Emergencia Nacional producto del COVID-19, se extiende ahora hasta el 17 de julio.

Esta medida exceptúa aquellos cuya obligación nace de la calidad de agentes de retención entre los que se detallan: Impuestos sobre la Renta retenido a empleados, Impuestos sobre la Renta retenido a no residentes, ITBMS retenido a no residentes, ITBMS retenido por el Estado, ITBMS retenido por agentes de retención locales y el Impuesto de Dividendos.

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