Héroes de la gesta del 9 de enero y sus familias serán recompensados
Luego de ser reglamentada la Ley 163 de 10 de septiembre de 2020, que establece beneficios y reconocimientos para los héroes, sobrevivientes y familiares de la gesta patriótica del 9 de enero de 1964, la Comisión Evaluadora entregó ayer 25 resoluciones que certifican estos privilegios a igual cantidad de personas.
La Comisión Evaluadora del Ministerio de Educación (Meduca) entregó un carnet con las generales de cada uno para su identificación precisa y que los reconoce como beneficiarios.
La Ley 163 creó la Comisión integrada por los ministerios de Educación, Salud y Desarrollo Social, un representante de la Asociación de Centinelas del Canal y tres beneficiarios de la norma, mártires o sobrevivientes de la gesta patriótica, que estudia el resarcimiento económico, pensión vitalicia, atención médica inmediata, becas y otros beneficios para los favorecidos, hasta el segundo grado de consanguinidad, o sea, hermanos, abuelos y nietos de los mártires.
El artículo 5 de la Ley 163 señala que los aspirantes a ser reconocidos como beneficiarios por la Comisión Evaluadora deben presentar, a través de la ventanilla única, algunos de estos documentos: solicitud escrita dirigida al presidente de la comisión, certificado de nacimiento del sobreviviente, certificación del Registro Civil en que conste el parentesco con el sobreviviente hasta el segundo grado de consanguinidad, copia de la cédula de ambos, testimonio escrito y notariado.