Nacional - 26/10/23 - 12:00 AM

Judicial y gobierno quieren impedir que pueblo vote por su candidato

 

Por: Redacción / Crítica Impreso -

La Procuraduría de la Nación y los altos cargos del Organo Judicial intentan desconocer la voluntad popular que deben expresar los panameños en las urnas el 5 de mayo de 2024 y vienen ejecutando acciones en coordinación con el oficialismo para intentar sacar de la contienda al candidato presidencial Ricardo Martinelli, favorito en todas las encuestas de opinión.

Es una seguidilla de actuaciones que ponen de manifiesto que están judicializando la política. La más reciente fue el fallo la sentencia en segunda instancia dictado el 24 de octubre por los magistrados del Tribunal Superior de Liquidación de Causas Penales: Manuel Mata Avendaño, José Hoo Justiniani y Eyda Amarilis Juárez, en el caso New Business.

Lo escandaloso de todo es que ya antes: el 18 de octubre la Corte Suprema de Justicia había admitido un amparo de garantías constitucionales contra una decisión del mismo Tribunal en ese caso, donde el magistrado sustanciador ordenó la suspensión inmediata de la ejecución de las actuaciones en dicho proceso.

Sin embargo, Mata Avendaño, Hoo Justiniani y Eyda Juárz, le hicieron caso omiso a un magistrado de la Corte y se elaboraron un fallo de 302 páginas sobre el caso New Business que confirmó la condena de 128 meses de prisión contra Martinelli; de 60 meses a Janeth Ibeth Vásquez; 70 meses a Iván Arturo Arrocha Chevalier; 80 meses a Valentín Martínez Vásquez y 96 meses a Daniel Miguel Ochy Diez.

Lo que llama la atención y sorprende por lo inusual, por no corresponder a la realidad humana de la capacidad de los funcionarios. es la celeridad. La sentencia de segunda instancia del 24 de octubre de 2023, se da a la tarea de mencionar el amparo de garantías constitucionales del 18 de octubre de 2023. Entre el miércoles 18 de octubre y el martes 24 de octubre hay 3 días hábiles.

Alguien puede aducir que el Magistrado Mata Avendaño, estaba elaborando el proyecto de la sentencia de segunda instancia desde antes del 18 de octubre, pero llama la atención, que entre el jueves 18 de octubre y el martes 24 de octubre, se concluyó la elaboración del proyecto de 302 páginas y además fue leído simultáneamente por Hoo Justiniani y Eyda Juarez.

Luego los muy diligentes magistrados devolvieron el proyecto con sus vistos buenos o correcciones al Magistrado Mata Avendaño, quien elaboró el documento final en limpio. Con las correcciones -si acaso hubo-, fue leído por Hoo Justiniani y firmado, luego llevado donde Eyda Juarez R., leído y firmado, devuelto nuevamente, llevado a Secretaría, foliado e incorporado al expediente principal y comunicado a la ciudadanía en general. Es decir todo ese trámite de 302 páginas de sentencia en tres días hábiles.

Alguien comentó, bueno es probable que de manera responsable, los Magistrados Hoo Justiniani y Eyda Amarilis Juárez Rodríguez., con su personal de apoyo, hayan trabajado sábado y domingo, para lograr que la sentencia de 302 páginas del Magistrado Mata Avendaño estuviese lista en la tarde del martes 24 y comunicada al público en general (antes de notificar formalmente a las partes procesales).

Pero la realidad es otra, esos aspectos dejan una sombra de duda acerca de la efectividad, eficiencia y eficacia de la administración de justicia en todo lo que se refiera al candidato presidencial Ricardo Martinelli.

En este mismo caso hay otras decisiones que asombran por el impulso procesal impreso, porque es usual y resulta común que en el trámite de apelaciones de sentencias mixtas, es decir, de decisiones de primera instancia donde hay absueltos y condenados. Las absoluciones usualmente son recurridas por la Fiscalía y/o la Querella. Las condenas por la Defensa Técnica y a veces, no siempre, por la Fiscalía y la Querella, que buscan agravar las condenas.

Dicho trámite se hace bajo una misma cuerda, es decir, se tramita todo por igual, sean absoluciones recurridas por el Ministerio Público o la víctima, como las condenas. Y se emite una sola sentencia de segunda instancia. Usualmente no existe una sentencia de segunda instancia sobre las condenas apeladas y otra sentencia de segunda instancia acerca de las absoluciones recurridas.

El Tribunal Superior de Liquidación Penal decide no tramitar las apelaciones bajo una sola cuerda y le imprime impulso procesal a las apelaciones contra las condenas, dejando en suspenso las apelaciones contra las absoluciones. Es decir, de facto aplica una ruptura procesal, que no está contemplada en la Ley.

No hay que olvidar que Manuel Mata Avendaño fue designado magistrado suplente en la Sala Penal de la Corte, que tiene al frente a la presidenta de Organo Judicial, María Eugenia López.

Pero esto no es todo en los casos contra el candidato Martinelli. En abril de 2022, se aplicó una celeridad nunca vista en la justicia panameña ante un recurso de inconstitucionalidad. Se trató de uno contra el fallo del Tribunal Electoral que le reconocía al abanderado de Reaizando Metas y Alianzas, el fuero electoral penal y el principio de especialidad.

En menos de 48 horas se realizaron todos los trámites que en otros casos podría tomar semanas.

El abogado Héctor Herrera presentó el 31 de marzo la demanda y a las 6:15 p.m. fuera del horario de trabajo, se dispuso que se hiciera el reparto e inmediatamente la magistrada María Eugenia López procedió a emitir la resolución de admisión y correrle traslado al procurador Javier Caraballo, expediente que le llegó al día siguiente.

En una sorprendente y hasta sospechosa velocidad, el Procurador Caraballo emitió criterio ante la acción de inconstitucionalidad y no demoró ni 24 horas para "preparar" una opinión de 43 páginas.

Ricardo Martinello destacó ayer que cuando se viola la ley y la Constitución para joder alguien que no te simpatiza y te conviene, al principio lo celebras porque te beneficia y no te importa. Lo malo es que esa violacion se preste a precedentes futuros que se pueden convertir en la “regla” que aplicaría a locales como extranjeros que muy bien se sentirían afectados por la amañada nueva interpretación. La ley y el debido proceso deben aplicarlas a todos por igual no solos a unos por conveniencia. El boomerang regresa después.

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