La propia Corte reconoció Especialidad a Martinelli
Lo anterior se advierte en la demanda de inconstitucionalidad presentada ante la Corte por el abogado Carlos Carrillo contra la sentencia dictada el 17 de julio de 2023 por el Juzgado Segundo Liquidador de Causas Penales de Panamá que condenó a Martinelli en el caso New Business.
La propia Corte Suprema de Justicia a través del magistrado de garantías Jerónimo Mejía, reconoció en audiencia del caso pinchazos del 6 de agosto de 2018, que Ricardo Martinelli, estaba cubierto por el Principio de Especialidad, contemplado en el Tratado de Extradición firmado en 1904 entre Panamá y EEUU.
Lo anterior se advierte en la demanda de inconstitucionalidad presentada ante la Corte por el abogado Carlos Carrillo contra la sentencia dictada el 17 de julio de 2023 por el Juzgado Segundo Liquidador de Causas Penales de Panamá que condenó a Martinelli en el caso New Business.
De conforme al artículo VIII a la Ley 75 de 14 de junio de 1904 (Tratado de Extradición), que establece el Principio de Especialidad, el expresidente no podía ser acusado o enjuiciado o castigado por crimen o delito cometido antes de su extradición ocurrida en junio de 2018. Cualquier excepción a esta regla debía ser tramitado conforme los convenios internacionales, lo cual no sucedió.
Además, el Ministerio de Relaciones Exteriores mediante Nota A.J.-MIRE-2024-057600 fechada 11 de julio de 2024, suscrita por el Dr. Fernando Gómez Arbeláez, director de Asuntos Jurídicos Internacionales y Tratados, certificó que no existe constancia alguna en dicha Dirección que alguna autoridad del Ministerio Público o del Órgano Judicial solicitara levantar el Principio de Especialidad en general o en el caso de New Business en particular.
En el reparto de la demanda de inconstitucionalidad le tocó a la magistrada María Eugenia López, como ponente, pero ésta probablemente sea recusada por la defensa de Martinelli.