Las reglas para reestructurar sus préstamos
La época de la moratoria bancaria llegó a su fin y, en su reemplazo, hace su entrada la época de reestructuración de créditos a clientes que fueron afectados en sus ingresos por la crisis del Covid-19.
Los nuevos parámetros para los préstamos modificados y los procedimientos para reestructuración de crédito están plasmados en tres nuevas disposiciones de la Superintendencia de Bancos de Panamá, publicadas ayer en Gaceta Oficial: El acuerdo 02-221, la resolución 03-2021, y la resolución 04-2021.
Las nuevas disposiciones llegan una semana después de que el Presidente Laurentino Cortizo, la Superintendencia de Bancos y la Asociación Bancaria instaron a los clientes a acercarse a sus bancos para reestructurar deudas, en caso de que la pandemia hubiese afectado sus ingresos.
Los clientes con problemas para pagar sus préstamos deben acercarse a los bancos hasta el 30 de septiembre, a fin de reestructurarlos en pagos reducidos.
El cliente debe mostrar ante el banco una prueba de la reducción en su liquidez, y luego formalizar la reestructuración.
Este paso es crucial, ya que les ayudará a estar exentos de la ejecución de bienes muebles e inmuebles que sirvan como garantía de esos créditos. También estarán exentos de la actualización del avalúo de bienes inmuebles en garantía.
El banco deberá considerar la capacidad reducida de pago de los deudores, y la medida de la reestructuración tiene que ajustarse a su situación económica.
Por su parte, el deudor se debe comprometer a ponerse al día en los importes atrasados, y se espera una reducción importante del saldo pendiente en el plazo pactado.
Se consideran préstamos modificados aquellos a los que el banco hizo cambios en sus términos y condiciones, incluyendo periodos de gracia a capital y/o intereses.
Hay 5 niveles en los préstamos modificados: Modificado Normal, Modificado Mención Especial, Modificado Subnormal, Modificado Dudoso y Modificado Irrecuperable.