Nacional - 27/4/22 - 12:00 AM

Magistradas López y Cornejo mantienen fallo a favor de ""Galleros"

 

Por: Redacción / Crítica Impreso -

Las magistradas María Eugenia López y Maribel Cornejo no admitieron un recurso de casación interpuesto por la Fiscalía de Drogas contra 15 personas investigadas por narcotráfico, lavado de dinero, asociación ilícita y corrupción de funcionarios, en la operación "Galleros".

En un fallo de la Sala Penal, la presidenta de la Corte, María Eugenia López y su colega Cornejo mantuvieron la absolución dictada el 30 de octubre de 2019 por el Tribunal de Juicio Oral del Primer Circuito Judicial de Panamá.

Según las autoridades, el cabecilla de la organización era Manuel Antonio Domínguez Walker, quien ya antes en el 2015 también había sido absuelto por blanqueo de capitales por los entonces magistrados Harry Díaz y Jerónimo Mejía.

La operación "Gallero" se había iniciado el 21 de octubre de 2016 y entre de los detenidos estuvo un integrante del CEN del PRD, inclusión que el colectivo consideró como un pase de factura del entonces gobierno varelista.

Los integrantes del llamado “Cartel de los Galleros” hacían alardes de sus lujos y derroche de dinero. Algunos se paseaban en Lamborghini por las calles de La Villa y posaban recostados sobre la tapa delantera de la nave tomando caros licores a pico de botella.

El grupo gozaba de la vida loca. Los cumpleaños personales los celebraban convocando a los mejores artistas del patio.

Para los carnavales del 2017, la alcaldía de Los Santos le hizo un reconocimiento público a Manuel Antonio Domínguez Walker, para reconocer su “respaldo incondicional” a la organización de la rumba. Gracias Tony Domínguez por su apoyo de corazón hoy, mañana y siempre, exclamaba un funcionario mientras entregaba un pergamino al jefe del Cartel de “Los Galleros”.

Pero fallas en la investigación provocaron la absolución. El Tribunal de Juicio en su fundamento jurídico argumentó la ilegalidad por la falta de acreditación de la existencia de la autorización por parte de un juez de Garantías, para la interceptación telefónica de 99 audios presentados como una "Prueba Madre"

De igual forma, hubo una inadecuada acusación penal, ausente de una individualización de las acciones atribuidas a cada acusado y una errada calificación de los delitos.

El tribunal colegiado en su lectura destacó que “se demostró en juicio que en la presente causa penal no se incautó sustancia ilícita, dinero y armas de fuego; pues la información que fue sustentada por el fiscal correspondió a hechos ya juzgados”.

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