Nacional - 20/6/18 - 10:45 PM
Modificaciones en el decreto sobre la regularización migratoria
El nuevo decreto modifica el artículo 5 del decreto 167, de junio del 2016
Cambios en el artículo 5 del Decreto Ejecutivo No. 167 del 3 de junio de 2016, que establece el procedimiento de Regularización Migratoria General aparecen hoy en la Gaceta Oficial.
En el nuevo Decreto 311, se establecen los montos a pagar por servicio de migración, filiación, carné de renovación y el cargo bancario, de acuerdo a las nacionalidades con y sin supresión de visado, nacionalidades restringidas y de la República Bolivariana de Venezuela.
Además, en el Decreto se define que el 80% del monto recaudado por los servicios migratorios por este permiso serán asignados a la Presidencia para ayuda seguridad y el 20% para el Fondo Especial para el Desarrollo del Recurso Humano del Servicio Nacional de Migración.
En el nuevo Decreto 311, se establecen los montos a pagar por servicio de migración, filiación, carné de renovación y el cargo bancario, de acuerdo a las nacionalidades con y sin supresión de visado, nacionalidades restringidas y de la República Bolivariana de Venezuela.
Además, en el Decreto se define que el 80% del monto recaudado por los servicios migratorios por este permiso serán asignados a la Presidencia para ayuda seguridad y el 20% para el Fondo Especial para el Desarrollo del Recurso Humano del Servicio Nacional de Migración.
El Decreto que lleva la firma del ministro de Seguridad Pública, Alexis Bethancourt, comienza a regir desde este 20 de junio de 2018, fecha de su promulgación.