Nuevo decreto cambia manejo del financiamiento público poselectoral
Este decreto, que entra en vigor a partir de mañana, redefine cómo se manejará el financiamiento público poselectoral
El Tribunal Electoral ha emitido el Decreto N.º 40 del 26 de agosto de 2024, el cual reglamenta el artículo 217 del Código Electoral y trae consigo una serie de cambios cruciales para los funcionarios electos por libre postulación.
Este decreto, que entra en vigor a partir de mañana, redefine cómo se manejará el financiamiento público poselectoral.
Los puntos clave del nuevo decreto incluyen:
Declinación de Fondos: Los funcionarios electos que decidan no recibir el financiamiento público poselectoral deberán formalizar la declinación del monto, total o parcial. El Tribunal Electoral se encargará de redistribuir estos fondos a la Secretaría Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación (Senacyt).
Uso de Fondos para Capacitación: Los fondos destinados a capacitaciones cívico-democráticas para jóvenes y personas con discapacidad deberán ser acompañados por un plan de gastos aprobado por el Pleno del Tribunal Electoral. Los funcionarios se comprometen a justificar todos los gastos incurridos para que el Tribunal pueda autorizar el siguiente desembolso.
Cesión de Créditos: Se permitirá a los funcionarios electos por libre postulación ceder una parte o la totalidad del crédito para financiar actividades académicas. Las cesiones deberán cumplir con estrictos requisitos documentales, incluyendo contratos, certificaciones de paz y salvo, y una declaración jurada de no conflicto de intereses.
Proceso de Validación: El Tribunal Electoral revisará exhaustivamente los documentos presentados para validar las cesiones de crédito, asegurando la transparencia y el cumplimiento de las normativas.