Restringen cigarrillos electrónicos
El pleno de la Asamblea Nacional aprobó ayer en tercer debate el proyecto de Ley 178, una nueva norma antitabaco.
La legislación propuesta por el diputado Crispiano Adames prohibe totalmente del uso de los cigarrillos electrónicos, vaporizadores, calentadores de tabaco y otros dispositivos similares, con o sin nicotina, en los lugares donde se encuentre prohibido el consumo de productos de tabaco: estadios, gimnasios, piscinas, boliches, billares, rodeos, actividad hípica, bolos, arenas deportivas, polígonos de tiro, autódromos y canchas de deportes.
Se exceptúa de esta prohibición, la importación de estos productos en la zona franca, zonas libres, o áreas económicas especiales, cuyo fin sea la exportación y reexportación a un tercer país.
El comercio ilícito de cigarrillos combustibles en Panamá acapara el 79% del mercado, o sea 55 millones de cajetillas anuales, que equivale a $165 millones de anuales, si se toma en cuenta que cada cajetilla es vendida a unos 3 dólares.
La iniciativa establece que los propietarios, gerentes o administradores de los ambientes públicos y privados, abiertos y cerrados, tendrán que colocar letreros visibles en estos locales, advirtiendo el uso de sistemas electrónicos de administración de nicotina.
El letrero debe mantener las siguientes características, el tamaño debe ser como mínimo de ocho y media por 14 pulgadas y estar colocado a una altura de 1.5 metros de altura desde el piso.