Nacional - 18/2/19 - 12:00 AM

Roux apuesta por reforma constitucional vía dos asambleas

 

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La  vía de dos asambleas sería el método más adecuado para lograr las reformas necesarias a nuestra Constitución Nacional. Así lo ha expresado en reiteradas ocasiones el candidato presidencial por el partido Cambio Democrático (CD), Rómulo Roux, posición esta que ha sido  de igual forma sustentada por la Cámara de Comercio, Industrias y Agricultura de Panamá (CCIAP); el Consejo Nacional de la Empresa Privada (CoNEP); y  otras organizaciones de la sociedad civil.
“Este es el método más viable para tratar el tema de las reformas, sin trastocar el país por dos años, lo que traería como consecuencia cualquier otra iniciativa”, sostiene  Roux,  quien ha destacado que  se requieren mecanismos que permitan a las instituciones ser más eficientes, una real independencia entre los órganos del Estado, que se proteja  la seguridad jurídica y se establezca realmente una justicia  sin injerencia del Ejecutivo, para lograr una verdadera reactivación económica.
"Vamos a devolver al país la confianza con seguridad jurídica", explica Roux.
"Tomaremos las decisiones que haya que tomar para impulsar el comercio, agro, turismo y construcción para mover la economía. Este país no se merece estar pasando lo que está pasando producto de un gobierno que ha demostrado incapacidad, falta de voluntad política, y que le tema al costo político pero esto solo se logra con las reglas del juego bien claras y establecidas", manifestó  el candidato presidencial del CD, quien además agregó: "Reitero mi respaldo a la iniciativa de hacer cambios puntuales a la la Constitución por vía de las dos asambleas y hago el llamado a los otros candidatos presidenciales para que apoyen esta iniciativa y empecemos el proceso de fortalecer nuestras instituciones ya".
Es importante destacar que la propuesta  de  Reformas mediante dos Asambleas, presentada por la Cámara de Comercio, Industrias y Agricultura de Panamá, lleva como objetivo  la aprobación de reformas puntuales en la Administración de Justicia a través de lo que dispone el Numeral 1 del Artículo 313 de la Constitución Política de la República de Panamá.

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