Tongos no podrán hacer retenes a lo loco
Los operativos se realizarán en horario de 11:00 p.m. a 5:00 a.m., de acuerdo a la circular No. 65-24.
La Policía Nacional tendrá un nuevo protocolo para implementar retenes, puntos de control, observación y bloqueos, según una circular dirigida a todos los jefes de zona del país.
Los operativos se realizarán en horario de 11:00 p.m. a 5:00 a.m., de acuerdo a la circular No. 65-24.
Otras de las instrucciones dadas es que deben tener una orden de ejecución firmada por el jefe de zona o servicio policial, así como se desarrollan los pasos de cada uno de los dispositivos en el Manual de Procedimientos Policiales.
De igual forma, los jefes de zona deberán remitir a la Dinsec los planes de bloqueo y posicionamiento actualizados de los puntos de controles establecidos, con su debida sustentación.
¿Qué conceptos se encuentran en dicha norma?
Retén policial: Dispositivo preventivo y reactivo, fijo o móvil, ubicado estratégicamente en vías principales y secundarias. El objetivo: impedir que los delincuentes utilicen estas rutas como corredores de escape. Estos retenes serán manejados por un equipo de ocho unidades, incluyendo selección, registro, apoyo, persecución, seguridad, tránsito y un oficial supervisor.
Punto de observación: Dispositivo situado en lugares determinados para prevenir la repetida ocurrencia delictiva.
Punto de bloqueo: Dispositivo que se establece en un lugar y tiempo determinado para bloquear vías de acceso y salida, disminuyendo el flujo vehicular con el fin de capturar sospechosos de un hecho consumado. Este dispositivo se caracteriza por contar con patrullas policiales (a pie, vehículo, moto y otros).
Control total: Los puntos de control se colocarán en vías públicas, caminos y veredas, con el propósito de controlar el ingreso y salida de vehículos en sectores específicos, evitando la fuga de criminales. Mientras tanto, los puntos de observación estarán situados en lugares estratégicos para prevenir la recurrencia de actos delictivos.