Opinión - 15/5/18 - 12:00 AM

DIVIDE Y VENCERÁS

"Lo que la mayoría de los panameños anhelamos es tener una mejor calidad de vida y tener un gobierno que vele por esas necesidades".

 

Por: Por: Riccardo Francolini Arosemena -

En esta oportunidad voy a referirme a un tema que ha levantado muchas reacciones (en su mayoría negativas) en la sociedad panameña, de parte de múltiples sectores que van desde el académico hasta el empresarial, sindical, profesional y de la población en general, me refiero al llamado a consulta sobre una asamblea constituyente por parte del Gobierno.

Sin ser abogado ni experto constitucionalista, solo con sentido común veamos los mecanismos legales que nos dice la Constitución Nacional para hacer cambios o reformas constitucionales.

Artículo 313. La iniciativa para proponer reformas constitucionales corresponde a la Asamblea Nacional, al Consejo de Gabinete o a la Corte Suprema de Justicia. Dichas reformas deberán ser aprobadas por uno de los siguientes procedimientos.

Por un acto constitucional aprobado en tres debates por la mayoría de la Asamblea Nacional dentro de los primeros cinco días de sesiones ordinarias siguientes a la instalación de la Asamblea Nacional electa en las últimas elecciones generales, a efecto de que en su primera legislatura sea debatido y aprobado sin modificación, en un solo debate por mayoría absoluta.

Pareciera el más amplio y justo, pero lo malo es que el segundo gobierno en su primer periodo legislativo no puede hacerle ningún cambio. Solo aprobar o desaprobar, se presta para meter cosas malas dentro de un grupo de modificaciones diversas. Tampoco va a referéndum.

Por un acto constitucional aprobado en tres debates por la mayoría absoluta de los miembros de la Asamblea Nacional, en una legislatura, y aprobado, igualmente, en tres debates, por mayoría absoluta de la Asamblea en la legislatura inmediatamente siguiente. En esta se podrá modificar el texto aprobado en la legislatura anterior.

Este mecanismo parece menos consultivo por ser en un solo gobierno; si los es, porque se permiten las modificaciones en ambas asambleas, además, luego tendrá que someterse a un referéndum nacional que lo apruebe o no, es decir, la verdadera voluntad del pueblo.

A todas luces, tal como lo dejan plasmados reconocidos y connotados juristas del país, así como expertos en política, este llamado hecho por el presidente Juan Carlos Varela, durante la ceremonia de convocatoria de las elecciones generales del 5 de mayo de 2019, no es más que una cortina de humo, una bengala para distraer al ciudadano de los grandes y graves problemas a los que nos enfrentamos hoy.

Artículo 314. Podrá aprobarse una nueva Constitución a través de una asamblea constituyente paralela que podrá ser convocada por: ASAMBLEA CONSTITUYENTE PARALELA.

Decisión del Órgano Ejecutivo, ratificada por la mayoría absoluta del Órgano Legislativo.

Por el Órgano Legislativo con el voto favorable de dos terceras partes de sus miembros (66%).

Por iniciativa ciudadana, la cual deberá ser acompañada por la firma de, por lo menos, el 20 por ciento de los integrantes del Registro Electoral correspondiente al 31 de diciembre del año anterior a la solicitud (aproximadamente 500 mil electores).

En todos estos casos se requiere referéndum posterior.

El gobierno actual lo que quiere es distraer la mente de los panameños para evitar nos acordemos de nuestros problemas básicos y diarios no resueltos por ellos en cuatro años. Seguir enredando y dividiendo la mente de los panameños en este tiempo de fiesta electoral, ya sea en las primarias de CD y PRD que son las primeras que se realizarán (este cometido ya lo está logrando), y si logra imponer la escogencia de los 60 constituyentes para los próximos comicios del otro año, habrá logrado dividir a los partidos políticos con sus candidatos en cada uno de ellos para que lo protejan.

Creo que una asamblea constituyente paralela es necesaria para el país porque hay que dotar a nuestra Carta Magna de las herramientas necesarias para preservar una verdadera separación de los poderes del Estado, que trabajen armónicamente, pero con una real independencia y no como está sucediendo hoy día, cuando el poder Ejecutivo mantiene un total control de los demás órganos del Estado. Elegir a los nuevos magistrados de la Corte Suprema de Justicia, eliminar el clientelismo político, y reducir el poder del sistema presidencialista que impera en Panamá serían unas de sus principales tareas.

Hay una gran verdad y es que si le consultamos a este pueblo noble y trabajador si desea una asamblea constituyente en la actualidad, posiblemente recibamos rechazos e insultos, porque lo que más desea la ciudadanía hoy, no mañana, es encontrar plazas de empleos con salarios dignos que mejoren su calidad de vida. Lo que desea la gente es que se le garantice una real y verdadera seguridad, que no salga con miedo de su casa hacia el trabajo y viceversa, que no sea víctima de asalto en las calles, en un autobús o peor aún, una víctima fatal en medio de una balacera en las avenidas como comúnmente se viene dando.

El panameño lo que quiere es tener plata en el bolsillo para cancelar sus compromisos de agua, luz, teléfono, casa y poder llevar a sus hijos al menos un fin de semana de cada mes al cine, a cenar en familia, un paseo al río, la playa o aunque solo sea al parque. El panameño lo que quiere es que cuando él se enferme o algún miembro de su familia, pueda encontrar en las farmacias de la CSS las medicinas que le recetó el médico. El panameño no quiere un embustero con 58 dólares de ahorro de la canasta básica de alimentos, lo que desea es que cada vez que vaya al supermercado, el dinero de la quincena le alcance para comprar lo necesario hasta esperar la próxima quincena.

En síntesis, lo que la mayoría de los panameños anhelamos es tener una mejor calidad de vida y tener un gobierno que vele por esas necesidades. Mi consejo es dejar este tema para inicio del próximo gobierno y que se convoque a una constituyente en el primer año de gobierno.

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