Sucesos - 04/12/20 - 06:00 PM
¡Se acabó el relajo! Pino: Se regularán ascenso en la Fuerza Pública
Pino indicó que lo que se busca es reglamentar los procesos de ascenso y reintegros, ya que anteriormente se daban de forma irregular
|Ante la falta de reglas claras para el otorgamiento de ascensos dentro de la Fuerza Pública, las cuales en muchos casos se han dado de forma discrecional, se requiere la unificación de los procesos de ascenso de manera separada y ajustada a cada institución, conforme a las normas legales que las rigen, es por ello que se han emitido los Decretos Ejecutivos 899, 900 y 901, todos del 2 de diciembre de 2020, indicó el ministro de seguridad Juan Manuel Pino Forero.
Pino indicó que lo que se busca es reglamentar los procesos de ascenso y reintegros, ya que anteriormente se daban de forma irregular, afectando la imagen de los estamentos ante la opinión pública y principalmente la moral del uniformado.
Explicó que entre los temas considerados, se encuentra la carencia de parámetros legales de evaluación y competitividad para ascensos, así como la unificación de puntajes y tiempo de servicio para los mismos.
Declaración Jurada Patrimonial
Destacó que en el artículo 120 numeral 5 de estos decretos, se establece que entre los requisitos de los oficiales del grado de Capitán a Subcomisionado, a partir del año 2021 el oficial que aspire a un ascenso a rango inmediato superior, deberá presentar en el mes de enero una declaración jurada del estado patrimonial, a través de una escritura pública, la cual será parte de la evaluación socioeconómica y a su vez deberá alcanzar un porcentaje de 81 puntos y para los agentes, cabos y sargentos la puntuación deberá ser de 71, agregando que el proceso para ascensos estarán comprendidos del 1 de enero al 31 diciembre de cada año y los aspirantes no podrán incidir en algunas prohibiciones.
Obligatoriedad de calificación anual
Enfatizó el ministro que cada Dirección de Recursos Humanos de los estamentos deberá gestionar y captar las calificaciones anuales en sistema.
Destacó que en el artículo 120 numeral 5 de estos decretos, se establece que entre los requisitos de los oficiales del grado de Capitán a Subcomisionado, a partir del año 2021 el oficial que aspire a un ascenso a rango inmediato superior, deberá presentar en el mes de enero una declaración jurada del estado patrimonial, a través de una escritura pública, la cual será parte de la evaluación socioeconómica y a su vez deberá alcanzar un porcentaje de 81 puntos y para los agentes, cabos y sargentos la puntuación deberá ser de 71, agregando que el proceso para ascensos estarán comprendidos del 1 de enero al 31 diciembre de cada año y los aspirantes no podrán incidir en algunas prohibiciones.
Obligatoriedad de calificación anual
Enfatizó el ministro que cada Dirección de Recursos Humanos de los estamentos deberá gestionar y captar las calificaciones anuales en sistema.
Subrayó que en cuanto a las plazas vacantes, serán llenadas en base al escalafón, orden de mérito y a los procedimientos establecidos en el artículo 100 de este cuerpo legal (plazas vacantes disponibles).
Establecimiento de promociones
Añadió que esto permitirá ordenar por promociones a los miembros juramentados de cada estamento de seguridad pública para participar en el proceso de ascenso; que regula a los miembros de la Fuerza Pública que provienen de la Policía Técnica Judicial.
Añadió que esto permitirá ordenar por promociones a los miembros juramentados de cada estamento de seguridad pública para participar en el proceso de ascenso; que regula a los miembros de la Fuerza Pública que provienen de la Policía Técnica Judicial.
Sistema de evaluación para cada rango
En este sentido dijo que se establece un sistema de evaluación por rango, los cuales consisten en el tiempo de antigüedad como oficial, el tiempo de antigüedad en el rango y las evaluaciones que se promedian durante el periodo de ascenso, dando un resultado final que le permitirá competir para un ascenso.
En este sentido dijo que se establece un sistema de evaluación por rango, los cuales consisten en el tiempo de antigüedad como oficial, el tiempo de antigüedad en el rango y las evaluaciones que se promedian durante el periodo de ascenso, dando un resultado final que le permitirá competir para un ascenso.
Acotó que estos instrumentos legales contribuirán directamente con el restablecimiento de la estructura piramidal que debe imperar en los distintos cuerpos uniformados de nuestro país, en razón a la necesidad del servicio, subrayando que con este ordenamiento, se podrá proyectar a futuro el recurso económico necesario para hacerle frente a dichos ascensos, impidiendo las prácticas realizadas en el pasado.
Puntualizó el ministro de seguridad, que con esta nueva normativa, se incentiva el rendimiento eficiente por parte de los miembros de la fuerza pública, en la prestación del servicio, a través de un sistema de méritos imparcial, que los motive a superarse y profesionalizarse día a día, el cual es uno de los objetivos de la actual administración.